Usted obtiene un Título de propiedad por el equivalente a su área privada (Indiviso). El concepto inmobiliario se rige bajo el régimen de propiedad en condominio, conforme a la “Ley de Condominios del Estado de Tabasco”. Con base a dicha ley, se cataloga como un “Condominio Comercial”, el cual podrá ser destinado a diversos giros comerciales, entre los cuales se encuentra el giro de hotelería, actividad propuesta para dar inicio a las operaciones comerciales, por su alto rendimiento y atractivo en la región.
Como todo condominio, esta formado por un número de condóminos (propietarios), quienes además de poseer un área privada, son copropietarios de todas las zonas comunes del inmueble, lo que genera obligaciones y derechos por partes iguales.
En este caso, al tratarse de un condominio comercial, se obtiene el beneficio financiero generado por su operación mercantil, asumiendo que todo gasto, contribución, impuesto y erogación en general, queda cubierta por la misma operación mercantil, motivo que el invertir en este tipo de conceptos, hace más atractivo el participar
Se es copropietario de todas las áreas comunes (lobby, estacionamiento, restaurant, bar, salones, pasillos, alberca, etc.).
Usted puede leer el reglamento interno del condominio, así como las leyes involucradas a continuación